Pensiones Alimentarias
La Defensa Pública brinda asesoría y asistencia legal gratuita a aquellas personas que figuran como beneficiarias de una pensión alimentaria que no cuentan con dinero para contratar los servicios de un abogado.
En el caso de personas indígenas, de acuerdo con la Ley de Acceso a la Justicia de los pueblos indígenas de Costa Rica No. 9593, el servicio de asesoría y representación legal en materia de pensiones alimentarias y familia, se brinda tanto a la parte beneficiaria como a la parte demandada.
Contamos con presencia en las diferentes oficinas de la Defensa Pública a nivel nacional y también en las Plataformas Integrales de Atención a la Víctima (PISAV), de la localidad de Pavas, La Unión, San Joaquín de Flores y Siquirres, donde además de la materia alimentaria, se atiende la de familia por tratarse de programas especiales dirigidos principalmente a las personas víctimas.
Las personas usuarias que necesitan atención en pensiones alimentarias no requieren cita previa para ser atendidas. Acérquese a la oficina más cercana a su domicilio.
DERECHOS Y DEBERES
Servicios de la Unidad de Pensiones Alimentarias
- Asesorar y representar a las personas usuarias que tengan el derecho de asistencia legal gratuita en el proceso de pensión alimentaria.
- Confección de demandas, aumentos automáticos o aumento de cuotas por cambio de circunstancias que justifican un reajuste de la cuota alimentaria.
- Contestación de procesos de rebajo o exoneración planteados por la parte demandada.
- Inclusiones de personas beneficiarias en los procesos de pensión, cuando no se les contempló en la demanda inicial.
- Interposición de procesos de cobro de gastos de embarazo y maternidad, así como pensiones retroactivas con efecto amplio.
- Presentación de procesos de cobro de gastos extraordinarios surgidos de manera imprevista, tales como: gastos médicos, atención psicológica, servicios funerarios, entre otros.
- Acompañamiento en todo el proceso alimentario, en las audiencias de conciliación, de recepción de prueba.
- Coordinaciones con entidades estatales o privadas para la atención integral de las necesidades de la persona usuaria.
- Asesoría en el trámite del apremio y la forma de pago de la pensión.
- Interposición de ejecución de sentencia, cuando en otra sede se haya consignado la obligación alimentaria.
- Asesoría sobre la retención salarial para que se deduzca de la planilla de la persona obligada alimentaria el monto de la pensión alimentaria que se haya determinado en sede judicial.
- Abordaje integral y lucha contra la violencia doméstica, por lo que en el supuesto que se detecte que una persona es víctima de este flagelo, se coordina con el Juzgado de Violencia Doméstica para una atención inmediata.
- Informar a las personas usuarias de todas las comunicaciones que se generen por parte de la Autoridad Jurisdiccional que tramite el expediente.
Si requiere consultar su expediente ingrese aquí:
- Si usted necesita consultar su expediente, conocer nuevos documentos agregados o el estado de su caso, puede ingresar al sistema de gestión en línea con su número de expediente y clave, que le fue asignada en el despacho jurisdiccional.
Preguntas y respuestas más frecuentes
Oficinas de la Defensa Pública donde se brinda servicio en materia alimentaria.
Normativa más importante:
- Ley de Pensiones Alimentarias
- Convención sobre los Derechos del Niño
- Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer "Convención Belem Do Pará”
- Reglas de Brasilia Sobre Acceso a la Justicia de las personas en Condición de Vulnerabilidad: 100 REGLAS DE BRASILIA
- Código de familia
- Código de la Niñez y la Adolescencia
- Ley General de Persona Joven
- Acceso a la Justicia de los Pueblos Indígenas
- Ley Integral para la persona adulta mayor